¿Qué hacer si hay Condiciones establecidas por el Comité de Crédito?
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A.1 Si hay Condiciones establecidas en el acta de acreditación o rechazo de Crédito, el responsable de la Mesa de Control registra las Condiciones en el Expediente de Crédito y notifica al Promotor estas condiciones.
A.2 El Promotor notifica al Cliente que el Crédito Simple ha sido aprobado, pero con Condiciones establecidas por el Comité de Crédito.
Si el Cliente NO ACEPTA las Condiciones, el proceso de Crédito Simple finaliza.
Por otro lado, si el Cliente ACEPTA las Condiciones, el proceso de Crédito Simple continua.
En caso de referirse a Condiciones de Hacer, el Promotor solicita al Cliente la documentación adicional solicitada en las Condiciones.
Documentación adicional solicitada en las Condiciones de Hacer
A.3 Una vez que el Cliente proporciona la documentación o evidencia adicional solicitada en las condiciones de Crédito (en caso de tener Condiciones de Hacer), el Promotor entrega la documentación al responsable de la Mesa de Control.
Cuando se trata de Condiciones Especiales, el Promotor notifica a la Mesa de Control que el Cliente acepta esas condiciones.
A.4 El responsable de la Mesa de Control revisa la veracidad de la documentación adicional del Cliente y que cumpla con las Condiciones de Hacer establecidas en el acta de acreditación o rechazo de Crédito.
A.5 Una vez que cotejada la documentación o que el Cliente haya aceptado las Condiciones Especiales, el responsable de la Mesa de Control notifica al Promotor que puede proceder con la elaboración de contrato.
En caso de que la documentación no esté completa o no sea verídica, se notifica al Promotor y el proceso se retoma en el punto 1.1.
A.6 Una vez que sea cotejada la documentación, el responsable de la Mesa de Control se dirige con el área Legal a solicitar la elaboración del contrato de Crédito Simple con base a la documentación integrada.
A.7 El Promotor hace el registro de la fecha en la que se solicita el contrato en la bitácora del Cliente (carátula del Expediente de Crédito)
A.8 El Promotor notifica al Cliente que el Crédito Simple ha sido aprobado y el siguiente paso es la firma de contrato.